Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: A solicitud de la Fiscalía XXII del Ministerio Público en el estado Lara, decreta la Desestimación de la Denuncia en la causa seguida a Marlene Carrillo, de quien se desconocen mayores datos de identificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la presente decisión, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al despacho de la Fiscalía XXII del Ministerio Público en el estado Lara, a los fines de que proceda a su archivo, una vez se decrete firme la presente decisión mediante auto del Tribunal. Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión y notifíquese a las partes, de conformidad con lo dispuesto en.....