DISPOSITIVA
Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 66 de la Ley de Régimen Penitenciario, a favor del penado KENNETH ALFONZO DIAZ SANTIAGO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 14-12-1986, titilar de la Cédula de Identidad Nro. 17.736.434, Residenciado Santa Rita AV. 8 entre Calle 87 y 88 N° 87-12 frente a Dibraca Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR , debiendo cumplir el penado su jornada laboral en la empresa TALLER LAR ubicado en AV. 8 Santa Rita con Calle 88 frente a Vibraca (vidrios brasil) diagonal a la Tintorería El Arte Maraca.....