PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) presentada por los ciudadanos MARIO ALEXIS RODRIGUEZ FARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.434.035, y ELIANA NOLIZKA ROJAS VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.589.289 y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil trece (2013) contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, la cual quedó inserta bajo el Nº 33, folio 33 y su vuelto, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por el Registro Civil del Municipio Arismendi de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena conforme a lo.....