En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus TIRSO GARCIA AGUILERA a los ciudadanos: OLGA LAREZ DE GARCIA, RAIZA BEATRIZ GARCIA DE OVALLES, PEDRO ANTONIO GARCIA LAREZ, ANIBAL ALBERTO GARCIA LAREZ, OLGA CRISTINA GARCIA LAREZ, LAURA MARGARITA GARCIA LAREZ, MARIA EMILIA GARCIA LAREZ, TIRSO RAFAEL GARCIA LAREZ Y JOSE GRAGORIO GARCIA LAREZ; venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros V-2.160.706; V-3.568.081; V-3.799.789; V-3.826.836; V-3.987.605; V-5.888.893; V-6.006.187; V-6.119.552 Y V-6.311.358, respectivamente, de este domicilio en su condición de esposa e hijos legítimos del finado antes mencionado.-