PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de perención de la instancia, solicitada en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2010, por la ciudadana VIGGY MORENO, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 65.045, Apoderada Judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS.
SEGUNDO: SE DECLARA que en la presenta causa, ha operado de hecho y de derecho LA PERENCIÓN prevista en el artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el presente RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por la abogada en ejercicio, MARIA DE LOS ANGELES CARROZ RINCON, ya identificada, actuando como apoderada judicial del ciudadano, FRANCISCO JAVIER OROPEZA ALVAREZ, antes identificado, contra la resolución emanada del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en sesión Nro. 149-07, Punto de Cuenta Nro. 237, de fecha 08 de noviembre de 2007, consistente en la DECLARATORIA.....