Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD a favor del penado ARCELIO DE JESUS CARDENAS ARDILA, Colombiano, natural de San Pablo, de 84 años de edad, estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° E-3.546.998, hijo de José Narciso Cárdenas y Emilia Ardila, residenciado en: Santa Cruz de Mara Municipio Colon de Santa Bárbara del Zulia, calle "INOS", viviendas rurales, casa N° 6-14 del Estado Zulia o la Hacienda América, ubicada en el Kilómetro 33 vía Encontrados, El Guayabo, del Estado Zulia; y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL Y LA COSA JUZGADA en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 .....