Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- SIN LUGAR la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por el ciudadano MARCOS MACHADO MORÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.745.009, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; contra los ciudadanos MIRIAM CECILIA GARCÍA DE FARÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.825.224, de este domicilio, OCTAVIO RENE RACEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.730.469, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, y la sociedad mercantil IDEAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 6 de noviembre d.....