PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JOSE LEONARDO MONTIEL ARRIETA contra del INSTITUTO REGIONAL DE DEPORTE DEL ESTADO ZULIA (IRDEZ), adscrito a la Gobernación del Estado Zulia
SEGUNDO: SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional, por lo que se ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000.
TERCERO: SE ORDENA la notificación al Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial de la apertura del procedimiento con copia certificada fotostática de la solicitud de Amparo y de los recaudos acompañados de esta decisión.
CUARTO: SE ORDENA notificar por boleta al INSTITUTO REGIONAL DE DEPORTE DEL ESTADO ZULIA (IRDEZ), en su condición de órgano administrativo sin personalidad jurídica adscrito a la Gobernación del Estado Zulia, en la persona .....