este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Con lugar Prescripción de la Acción, alegada por la parte demandada ADMINISTRADORA ESCORPION C.A. y PROMOTORA PUERTO CRUZ 2000 C.A (HOTEL DUNES & BEACH RESORT), de la relación laboral existente durante el periodo comprendido desde 23 de Junio 2005 hasta el 17 de Junio de 2007.- SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano NOEL RIVELINO TORRES, en contra de las empresas ADMINISTRADORA ESCORPION C.A. y PROMOTORA PUERTO CRUZ 2000 C.A (HOTEL DUNES & BEACH RESORT), ambas partes identificadas en autos.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.-