Por los razonamientos antes explanados, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA APELACIÓN suscrita por la abogada en ejercicio Paula Andreina Sánchez Portillo, identificada en actas, actuando en con el carácter de defensor Publico N° 1 de la Extensión de la Unidad de Defensa Pública Santa Bárbara del Estado Zulia, de la ciudadana Mirian Querguelen. Así se decide.