Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al imputado LUIS ALBERTO OROZCO SOLIS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 26 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.622.810, hijo Aquiles Orozco y Isabel Solís, residenciado en el Kilómetro 12 Vía la Concepción, Barrio La Montañita, Calle N° 01Ñ, Casa N° 5-35, a tres cuadra aproximadamente de la Iglesia San Rafael, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por el delito de POSECION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPIAS en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; en consecuencia, se DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y SE PONE TERMINO AL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y SE PASA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 48 ordinal 7°, y 319 del Código Orgán.....