DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Especial Accidental de la Corte Superior de la Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, en consecuencia NO ENTRA A CONOCER EL FONDO DEL ASUNTO PLANTEADO y ORDENA REMITIR el Asunto Penal al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescente del Circuito judicial Penal del estado Nueva Esparta. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, diarícese, notifíquese de la presente Decisión a las partes, y remítase el expediente a los fines legales consiguientes.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias de la Corte Superior del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en la Ciudad de la Asunción, a los veintidós (22) días del mes de Septiembre del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147 ° de la Federac.....