DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia actuando en funciones de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CULPABLE AL CIUDADANO MARCOS JULIO MONTOYA, identificado previamente en este sentencia, y en consecuencia LO CONDENA a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, como autor responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto en el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, y a las penas accesorias de ley prevista en el artículo 16 del Código Penal.
Regístrese, publíquese y déjese asentado en el libro diario.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia sede del Tribun.....