Por los razonamientos antes expuestos, esta Juez Unipersonal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos ADELQUINS RAFAEL REYES y, JORGE DANIEL NARVAEZ PATIÑO, ampliamente identificados al inicio de esta sentencia, a cumplir la pena de DOS (2) AÑO DE PRISION, como RESPONSABLES Y CULPABLES de la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Asimismo, estando llenos los extremos del ley, se Otorga a favor de los prenombrados acusados Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad con lo estatuido en el ordinal 3° del artículo 256 de la Ley penal Adjetiva, debiendo dichos acusados cumplir en libertad con la presentación cada siete (7) días ante la Oficina del Alguacilazgo ubicada en este palacio de Justicia, hasta t.....