D I S P O S I T I V A:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE, la ENTREGA SOLO EN GUARDA Y CUSTODIA SIN POSIBILIDAD DE EJERCER ALGUN ACTO DE DISPOSICION SOBRE EL VEHICULO PLACA 696ACS, SERIAL CARROCERIA CCD14JV200351, SERIAL MOTOR CDV200351, MARCA CHEVROLET, MODELO 1979, AÑO 1979, COLOR ROJO, CLASE CAMIONETA, TIPO PIC-UP al ciudadano: LISBARDO NEHEMIAS RAMOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad nro. 11.425.811 o en su defecto a sus apoderadas judiciales.- Se acuerda notificar a las partes de la decisión y vencidos los lapsos legales, se ordena remitir el asunto de nuevo a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del estado Lara (CAUSA: 13-F4- F-220-10), para que dicte el acto conclusivo correspondiente en relación a la irregularidad que pre.....