PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha 23 de Abril de 2014, por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Sucre del Estado Zulia, por los ciudadanos: DENNIS DANIEL LINARES MONTILLA y YANETH DEL CARMEN DÍAZ DURÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-16.715.721 y V-19.043.304, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del municipio Sucre del estado Zulia, en materia de Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de las niñas: (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 09 y 05 años de edad, respectivamente, pa.....