. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordena el archivo definitivo de la presente causa. El tribunal ordena agregar a las actas del proceso copia simple del cheque a nombre de la parte actora. Así mismo en este mismo acto hace entrega formal a las partes intervinientes de sus respectivo escritos de promoción de pruebas consignados con antelación.
El Juez
El Secretario
Dr. Federico Rodríguez Petit.
Los Presentes