Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos SERGIO JOSÉ RODRÍGUEZ LEÓN y LENYS JOSEFINA VARGAS COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-13.641.014 y V-17.152.838, respectivamente, domiciliados el primero en la Avenida 52, entre "N y O", casa N° A8, Zona Industrial del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y la segunda en la Calle Piar, Callejón El Porvenir, Casa 26 de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y que estos contrajeron por la antes Jefatura Civil de la Parroquia Alonso del Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha Primero (01) de Diciembre del año Mil Novecientos Noven.....