DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado GUILLERMO ANTONIO BARRIOS ARIZA, con el carácter de Juez Profesional Suplente del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, planteada de conformidad con el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada bajo el Nº J01-0523-2009, seguida en contra de los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ FERNÁNDEZ, DEIVIS DAINI GRINUN SUÁREZ, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTA.....