En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar sus condiciones como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus WEIJIAN LEI a los ciudadanos: XIUYAN WU DE LEI, SHIXIONG LEI y JINGJING LEI, de nacionalidad China, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros E-82.186.826, E-82.186.943 y E-82.186.944, respectivamente, domiciliadas en la Calle Igualdad de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño, Estado Bolivariano de Nueva Esparta en sus condiciones de esposa e hijos del finado antes mencionado.-