Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los EVANGELISTA SEGUNDO ROMERO y BERKIS CAROLINA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.834.825 y 10.443.690 respectivamente, domiciliados la primera en el Municipio San Francisco del Estado Zulia y el segundo en el Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, el 7 de mayo de 1998, ante Jefe Civil y Secretaria de la hoy Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acta Nº 254, año 1988, acompañada a los autos en Copia Certificada.
PUBLÍQUE.....