Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LEIDA MARLENE MARTINEZ PEREZ y ANGEL BENITO MACHADO, el día dos (02) de julio del año mil novecientos ochenta y uno (1.981), por ante el Prefecto y Secretario respectivamente, del antiguo Municipio Cacique Mara, hoy Parroquia Cacique Mara, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 671.
Asimismo, se deja establecido que según pronunciamiento de los solicitantes durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente d.....