Por los fundamentos expuestos este Juzgado Noveno de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA convertir la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al Ciudadano DICK SALVADOR CARRERA FARIA, titular de la cédula de identidad N° V-11.389.087, fecha de nacimiento 22-06-68, de 38 años de edad, Soltero, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Oficial de Seguridad Interna de la Policía de Polisur, hijo de Elimines Carrera y Nely Faria (D), residenciado en la urbanización San Felipe III, sector 12, casa N° 05, Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 43 de la nueva Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JOSMARY MARINA VIRLA VILLALOBOS en MED.....