En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el Ciudadano FREDDY CALDERA contra la Empresa TUCKER ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, S.A, por motivo de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada cancelar al ciudadano FREDDY CALDERA la cantidad de SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 63.925.958,34), por conceptos de diferencias salariales, diferencia de vacaciones y bono vacacional, diferencia de utilidades y diferencia por pago de prestaciones sociales, cuya discriminación se encuentra expresado en la parte motiv.....