PRIMERO: LA NULIDAD DE OFICIO EN INTERÉS DE LA LEY del acta policial No. 82.420-2014 de fecha 13 de mayo de 2014, por suscrita los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo Policial del municipio San Francisco del estado Zulia, y de todos los actos posteriores, por haberse efectuado con quebrantamiento de principios y garantías de Orden Constitucional; en armonía con los artículos 26, 44 y 49 del Texto Constitucional, y concatenado con los artículos 174 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECRETA la LIBERTAD PLENA y sin restricciones a favor del ciudadano MIGUEL ÁNGEL OJEDA FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 16.989.453, quedando sin efecto las medidas cautelares impuestas en la decisión No. 3C-557-2014, la cual inició el día 15 de mayo de 2014, y culminó el día 16 del mismo mes y año, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: ORDENA remitir con o.....