declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano LEVIS SEGUNDO SUAREZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.862.366, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio LESBIA CORDERO DE RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.57.273, en contra de la ciudadana SIRLIS CELENIA CIFUENTES URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.635.418, domiciliada en el Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio DAYSI ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.949, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Jefe del Registro Civil de la parroquia El Rosario, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, tal como se evidencia e.....