Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado : ROJAS QUERALES JANIER JOSE, de nacionalidad venezolana, Machiques, Estado Zulia, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 19-03-1984, de estado civil soltero, de profesión u Oficio Chofer Albañil y cantante, Indocumentado, hijo de JULIO CESAR ROJAS HERNANDEZ y ANTONIA QUERALES BORGES, residenciado en Sector 1ro de mayo, calle principal, diagonal centro de capacitación Juvenil, fundación San Pablo, Machiques de Perija, Estado Zulia, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PR.....