Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA CONCEDERLE al acusado JUNIOR ALEXIS MALDONADO RUIZ, venezolano, titular de la Cedula de identidad Nº 15.887.692, natural de Maracaibo, soltero, de 27 años de edad, obrero, hijo Álvaro Maldonado y Doris Maria Ruiz, con residenciado en Barrio El Marite, hacia adentro, como a diez casas a mano izquierda, casa blanca de color rosado, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, delito este previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, LA MEDIDA ALTERNATIVA A LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO COMO LO ES LA SUSPENSIÓN .....