DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA CONCEDER el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado BERCY SEGUNDO ZAMBRANO TORRES, titular de la cédula de identidad N° 17.412.807, venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio ayudante de albañilería, residenciado en el barrio El Marite, Av. Principal, N° 79 B, casa N° 104-185, Maracaibo, Estado Zulia, por cumplir con todos los requerimientos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y artículos 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario. Asimismo se ordena oficiar al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, notifíquese a la Fiscal N° 27 del Ministerio Público, Defensa a los fines de notificarles de la presente decisión. Publíquese y Notifíquese.-
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN
DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN
EL.....