1. CON LUGAR, la acción de amparo constitucional interpuesta.
2. LA NULIDAD de la venta mediante la cual la ciudadana NANCY MIREYA RODRIGUEZ VALECILLOS, vende el inmueble a la ciudadana ELIZABETH RODRIGUEZ, mediante instrumento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autónomos Santa Rita, Cabimas, y Bolívar del Estado Zulia, en fecha 29 de marzo de 1994, bajo el No. 11, protocolo 1º, tomo 3º; nula la venta mediante la cual la ciudadana NANCY ELIZABETH LUGO RODRIGUEZ, vende el inmueble al ciudadano JOSÉ MARTINEZ ROQUE, protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autónomos Santa Rita, Cabimas y Bolívar del Estado Zulia, en fecha 31 de marzo de 1999, bajo el No. 48, protocolo 1º, tomo 10º; nula la venta la cual el ciudadano JOSÉ MARTINEZ ROQUE, vende el inmueble a la ciudadana LINA MARIA BOVE DE DIAZ, protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autónomos Santa Rita, Cabimas, y Bolívar del Est.....