PRIMERO: Se ordena la suspensión de la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 28-02.2012, sobre: PRIMERO: un (1) apartamento distinguido con el N° 6-3-B de la planta piso 6 del Edificio B del Conjunto Residencial Vincenzo I° el cual posee una superficie aproximada de noventa y cinco metros cuadrados con cuarenta y cinco centímetros cuadrados (95,45 mts.2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NOR-ESTE: fachada Nor-Este del edificio; SUR-OESTE: pasillo de circulación; SUR-ESTE: apartamento 6-2-B; y NOR-OESTE: apartamento 6-DL-B; al inmueble antes identificado le corresponde el puesto de estacionamiento signado con el N° 43 ubicado en el sótano del edificio, igualmente le corresponde un (1) maletero ubicado frente a la puerta de entrada del apartamento y tiene asignada una cuota condominial equivalente a 0,909512% de los derechos y cargas de la comunidad de copropietarios; SEGUNDO: un (1) apartamento distinguido con el N° 6-DL-B de la plan.....