este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la profesional del derecho MARIA GELVES, en su carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL POLIETILENOS MARACAIBO C.A., (POLIMAR), en contra del Acto Administrativo contentivo de la Certificación Médica contenida en el oficio No. 00499-2012 de fecha 22 de mayo de 2012, dictada por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA) mediante la cual certificó que el ciudadano FELIX BLANCO, padece de DISCOPATIA LUMBAR ABOMBAMIENTO DISCAL L5-S1 ASOCIADO A LISTISIS L5-S1 (M51.0), considerada como enfermedad agravada por el trabajo. 2.- INADMISIBLE el recurso interpuesto, por haber operado la caducidad de la acción.