PRIMERO: SE ORDENA EL CESE de la medida IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta a la JÓVEN SANCIONADA:(OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD) quien es venezolana, soltera, de oficios del hogar, de diecisiete (17) años de edad, nacida el día veinticuatro (24) de Febrero de mil novecientos noventa (1.990), titular de la Cédula de Identidad, número V-22.255.307, hija de los ciudadanos NORKA MARBELIS SALAS y RAFAEL JOSE VERA, domiciliada en el Callejón Mara, Casa Nº 54, Sector Campo Elías, con Avenida 31, detrás de la Panadería "San José Portugués", Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia. EN CONSECUENCIA, NO SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la joven sancionada ya identificado, dado el cumplimiento de la referida medida para la cual se estableció como fecha de culminación el día arriba señalado. Por cuanto Mediante Resolución N° 230-08, de fecha 08 de diciembre de 2008, este Juzgado de Ejec.....