Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO, de Apelación ejercido por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha cuatro (04) de diciembre del año 2008, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JAIRO AUGUSTO BAUTISTA VIVAS en contra de la sociedad mercantil CARBONES DEL GUASARE, S.A, por lo que se ordena el reenganche del trabajador a sus labores habituales de trabajo, y al pago de los salarios caídos a razón de Dos Mil Ochocientos Veinti dos Bolívares con sesenta y tres céntimos (Bs. 2.822,63) mensuales, desde la fecha de la notificación de la demandada, a .....