En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS, intentara la ciudadana BERTHA FELICIA DÍAZ ALMARZA, a favor de la niña XXXXXXXXXX, en contra del ciudadano DANILO JOSÉ RINCÓN GONZÁLEZ. En consecuencia, queda extinguido el procedimiento.
Por la índole de la decisión no hay condenatoria en costas. Una vez firme la presente decisión, líbrese el oficio de suspensión de las medidas decretadas en este juicio.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte accionante.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en San Rafael de El Moján, a los veintidós (22) día del mes de Abril del dos mil ocho (2008).
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