Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención a lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 11.1163, de fecha 02-06-2015, incoada por los ciudadanos ALBERTO ENRIQUE MARIN CARRUYO Y MARIA DE LOS ANGELES MEDINA GAMBOA, identificado al inicio, en consecuencia, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran el día 10 de noviembre del 2007, por ante la autoridad civil de la Parroquia Cacique Mara Municipio Maracaibo Estado Zulia, acta No. 339, expedida por la referida autoridad.- ASI SE DECIDE.-