PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO - DESAFECTO) presentada por los ciudadanos MANUEL ALBERTO GLEN YANEZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.191.149 y LEYDI BIVIANA VARELA GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-84.611.020, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado ante el Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Sucre, en fecha tres (03) de Octubre de dos mil ocho (2008), la cual quedó inserta bajo el Nº 130, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Sucre; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a in.....