PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano MIGUEL ANGEL ALBORNOZ PÉREZ, en contra de la sociedad mercantil PDVSA OPERACIONES ACUÁTICAS, S.A., por la presunta violación de los derechos consagrados en las disposiciones constitucionales previstas en los artículos 87, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Amparo Constitucional y en consecuencia, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01 de febrero de 2000. TERCERO: SE ORDENA notificar mediante Boleta, a la sociedad mercantil PDVSA OPERACIONES ACUÁTICAS, S.A., en la persona del ciudadano EDGAR LÓPEZ, en su carácter de Consultor Jurídico, domiciliada en el sector Las Morochas, Muelle Patria Grande, en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia; para que concurran al Tribunal a conocer el día en que se cele.....