Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente RECURSO DE HECHO, interpuesto por el ciudadano JUAN BAUTISTA PÉREZ, contra el auto de fecha 18 de febrero de 2011, en el cual el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, negó oír la apelación intentada en fecha 24 de febrero del mismo año, contra la Sentencia definitiva emanada por el mismo Tribunal, de fecha 24 de enero de 2011, en el juicio que por DESALOJO intentara el ciudadano EDGAR NIÑO, en contra del ciudadano JUAN BAUTISTA PÉREZ y en consecuencia se ordena al Tribunal a quo OÍR LA APELACIÓN EN EL SOLO EFECTO DEVOLUTIVO.