DISPOSITIVO
En consideración a la revisión minuciosa de las actas que conforman el expediente, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01 de Octubre de 2009 por el abogado JULIO CESAR NUÑEZ, inscrito en el IPSA bajo el No. 26.067, actuando como apoderado judicial del ciudadano ROGELIO GUILLERMO BERTIZ, contra la decisión dictada por el A-quo en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2009, en la cual niega la solicitud de reestablecer la situación fáctica, en el sentido de Retrotraer la situación jurídica a fin de que las cosas queden tales y como estaban antes de incoar la demanda, en el juicio de Acción Posesoria interpuesta por el Ciudadano ROGELIO GUILLERMO BERTIZ, identificado en actas, contra el ciudadano JOSÉ DOMINGO ESTELA MELEAN, plenament.....