Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÈCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada entre las partes intervinientes en este juicio interpuesto por la ciudadana KATTRIN JANA POITIERS RAMIREZ. debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ODALIS CORCHO, en contra de la COOPERATIVA SEGURIDAD Y RESGUARDO CACIQUE MARA. R.S., teniéndose la misma con Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
SEGUNDO: Se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, Regístrese y Déjese copia por secretaria. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a lo.....