Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Ordena proseguir la presente causa por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LEVIS SAMUEL ARTILES CORDERO, Venezolano, natural de Dabajuro, estado Falcón, hijo de Américo del Carmen Artiles y Martina Dominga Cordero, de 22 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-16.847.796, profesión u oficio: Comerciante, actualmente laborando en la venta de carnes, con residencia en la calle Venezuela, Sector Delicias Nuevas, casa N° 33, donde queda el Abasto "El Rinconcito", Municipio Cabimas de.....