Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República, administrando justicia y por autoridad de la ley, DECRETA LA LIBERTAD POR PENA CUMPLIDA a favor del penado ALEXANDER JOSE CORDOVA PEREZ. Quienes deberán permanecer sujetos a la vigilancia hasta el día 30-10-2004, correspondiente a 1/4 parte de la pena que deberá cumplir. Todo en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.-