En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, presentado por LUIS LABARCA, actuando con el carácter de Vicepresidente de la empresa mercantil LICORERIA SANTA MARIA, C.A, asistido por los Abogados en ejercicio DECIO VIVOLO NICASTRO y AGUSTIN ESPINA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 16.412 y 41.418, contra la INTENDENCIA DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO MARACAIBO.
SEGUNDO: Se ordena levantar la MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS decretada por el Juzgado Superior En lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintitrés (23) de n.....