este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NERITZA GREGORY CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.399.414, contra la EMPRESA demandada GESTHOTEL C.A, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena a la empresa GESTHOTEL C.A, pagar a la demandante ciudadana, NERITZA GREGORY CASTILLO MARTINEZ, la cantidad de CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 416.744,43) más lo que resulte de los intereses sobre prestaciones sociales, intereses de mora, indexación y el bono de alimentación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión TERCERO: Se condena en costas a la demandada, GESTHOTEL C.A de conformidad con lo.....