DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho MIGUEL ANGEL COLLANTES, obrando con el carácter de defensor del ciudadano HENRY JAVIER COELLO PALENCIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Decisión N° 2.378-10, dictada en fecha 07 de Diciembre de 2010, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el Tribunal decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano antes mencionado, en la causa seguida en su contra, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL CONTINUADO A ADOLESCENTE Y PRIVACIO.....