Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EXAMINA y REVISA la medida dictada por este Tribunal en fecha 23 de Octubre de 2008, según decisión N° 1309-09, mediante la cual fue negada la solicitud de entrega de vehículo presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO PICO LUCAS, debidamente asistido por el abogado en ejercicio GUSTAVO MELÉNDEZ PÉREZ, reconsiderando la misma, por lo que se Ordena la entrega directa al ciudadano LUIS ALBERTO PICO LUCAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, número V-17.075.215, y domiciliado en la ciudad de caracas, del vehículo MARCA: CHEVROLET; MODELO: MALIBU; CLASE: AUTOMOVIL; USO: PARTICULAR; AÑO: 1976; COLOR: BEIGE; PLACAS: GBK-807; SERIAL DE CARROCERIA: 1D29VF103344;.....