Se declara con lugar la demanda, se condena a la parte demandada a cancelar la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs.4.092.000,oo) al demandante, además de la correspondiente indexación, ordenándose oficiar para tal fin al Banco Central de Venezuela, condenándose en costas a la demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio