, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el Presente Acuerdo, solo de los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, y que damos por reproducidos en esta acta, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto, en relación a los co-demandantes Evelio Segundo Acosta Piñeiro, Joel de Jesús Arrieta Martínez y Dickson José Carrasquero Arcaya, continuando la presente causa con el co-demandante Melquíades Antonio Talez, así mismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas por las partes. Así se decide
EL JUEZ
ABG. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT.
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