Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JOSÉ DOMINGO ACEVEDO GONZÁLEZ y BETTY MARGARITA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.758.440 y 7.823.582, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 21 de Mayo de 1981, por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.455.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon dos (2) hijos de nombres: JOSÉ DAVID ACEVEDO RODRÍGUEZ y BEATRIZ DE LOS CIELOS ACEVEDO RODRÍGUEZ (Difunt.....